Fiscalidad de los planes de pensiones

¿Cómo tributan las aportaciones realizadas?

Uno de los productos financieros más utilizados como gancho por las entidades financieras para reducir la factura fiscal son los Planes de Pensiones.

La palabra clave que usan estas entidades es DESGRAVACIÓN. Pero, ¿sabemos cómo tributan realmente?.  Las aportaciones realizadas a los planes de pensiones desgravan, pero están sujetas a los siguientes límites:

  • Las personas mayores de 50 años pueden deducirse la menor de las siguientes cantidades:

–        12.500 € (que es la aportación máxima que pueden hacer en el año), o

–        El 50% de los Rendimientos Netos del Trabajo y Actividades Económicas percibidas individualmente.

  • Las personal menores de 50 años pueden deducirse la menor de las siguientes cantidades:

–        10.000 € (que es la aportación máxima que pueden hacer en el año), o

–        El 30% de los Rendimientos Netos del Trabajo y Actividades Económicas percibidas individualmente.

 

También son deducibles las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, siempre que este no obtenga rentas o que sus ingresos no superen los 8.000 euros anuales. En este caso el límite para reducir de la base imponible está cifrado en 2.000 euros.

¿Cómo tributa el rescate de un plan de pensiones?

Una cosa muy importante a tener en cuenta a la hora de contratar un plan de pensiones es ver como tributa en IRPF su rescate.

Las prestaciones de los planes de pensiones se consideran Rendimientos del Trabajo a efectos de IRPF independientemente de la forma de cobro de dichas prestaciones:

  • En forma de capital: en este caso se cobran todos los derechos consolidados (esto es, las aportaciones más los rendimientos) de una sola vez y mediante un pago único.
  • En forma de renta: es la más habitual y supone la percepción periódica, bien mensual, trimestral, semestral o anual, de una cantidad ya pactada a decisión del titular. La ventaja es que se podrá proceder a la liquidación total del salto pendiente en cualquier momento.
  • En forma mixta: una parte se recupera en forma de capital y la otra en forma de renta.

También tienen la consideración de Rendimientos del Trabajo la disposición de los derechos consolidados de los planes de pensiones en los supuestos excepcionales de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

Como medida excepcional, a partir del 15 de mayo de 2013 y durante el plazo de 2 años los partícipes de los planes de pensiones podrán también, excepcionalmente hacer efectivo sus derechos consolidados en el supuesto de procedimiento de ejecución sobre la vivienda habitual.

Si decidimos rescatar el plan de pensiones en forma de capital hay que tener en cuenta que el tipo marginal se puede disparar al 52% y que tendremos que pagar muchos impuestos el año de la jubilación. Por lo tanto habrá que pensar muy mucho la forma en la que pretendemos rescatar el plan de pensiones para no llevarnos una desagradable sorpresa.